Las bicicletas son vehículos, de eso no hay duda. Y sin embargo, muchos se preguntan si deben estar sujetos exactamente a las mismas normas que los coches. Un debate que se reabre cuando aparecen noticias como la que hoy recogen varios medios de comunicación.
Un vecino de Valencia ha sido multado por exceso de velocidad al circular en bicicleta por encima del límite permitido para esa vía. En concreto, por hacerlo a 59 kilómetros por hora en lugar de los 50 permitidos. La sanción han sido 100 euros pero no ha conllevado retirada de puntos.
Según informa la web Soy Motor, el ciclista realizaba una ruta en bicicleta por la CV-.310, en el port de l’Oronet, camino a Náquera, cuando fue ‘cazado’ por un radar a más velocidad de la permitida. Una patrulla de la Guardia Civil de Tráfico, situada unos metros después, paró al protagonista del suceso y le notificó la multa.
En abril, otro ciclista fue captado a 77 kilómetros por hora en una zona limitada a 60
No es el primer caso que un ciudadano es multado por exceso de velocidad circulando en bicicleta. En el mes de abril, otro ciclista fue captado a 77 kilómetros por hora en una zona limitada a 60 en Gandía.
Las preguntas que surgen son inevitables. Si la bicicleta no lleva velocímetro -algo que no es obligatorio-, ¿cómo puede un ciclista saber a qué velocidad exacta circula? ¿No es ciertamente exagerado que, al tratarse de una diferencia tan escasa entre la velocidad a la que pedaleaba y la permitida, y no pudiendo conocer esa diferencia, se le imponga una multa como esta? El debate está servido.